Published in El Nuevo Día: Tribuna invitada on September 1, 2019

Washington – Cuatro exjueces de Puerto Rico, Islas Vírgenes y Guam; profesores de Derecho; y la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), entre otros, solicitaron al Tribunal Supremo de Estados Unidos que rechace aplicar la doctrina de los Casos Insulares a la controversia sobre la constitucionalidad de los nombramientos de la Junta de Supervisión Fiscal(JSF) o aproveche para anularla.

En su recurso de “amigos de la corte”, los exjueces José Antonio Fusté, Benjamin Joseph Franquez Cruz, Soraya Diase Coffelt y Henry Feuerzeig indicaron que la doctrina de los Casos Insulares no solo busca limitar los derechos constitucionales de los residentes de los territorios, sino que se basa “en el supuesto desacreditado de que las diferentes razas” de los habitantes de las áreas insulares “no son capaces de aplicar adecuadamente la tradición angloamericana”.

Fusté fue juez federal en Puerto Rico. Cruz, actualmente auditor de Guam, fue juez y legislador. Diase Coffelt fue jueza del tribunal superior de las Islas Vírgenes. Feuerzeig ocupó una plaza de juez federal en las Islas Vírgenes.

Al intervenir en el caso que examina el Tribunal Supremo de Estados Unidos, los exjueces objetaron que la Constitución, como permiten los casos insulares, pueda verse como un “menú” del cual el Congreso pueda elegir los derechos a otorgar en los territorios no incorporados, como Puerto Rico, que de acuerdo a la doctrina pertenecen a, pero no son parte, de Estados Unidos.

Cuando decidió, en febrero pasado, que los nombramientos de los miembros actuales de la JSF que controla las decisiones financieras del gobierno electo de Puerto Rico fueron inconstitucionales, el Primer Circuito de Apelaciones federal rechazó que los poderes del Congreso sobre los territorios permitan obviar la cláusula constitucional de nombramientos, que requiere que funcionarios federales de alto nivel sean nombrados directamente por el presidente de Estados Unidos y confirmados por el Senado estadounidense.

Pero, al mismo tiempo, decidió validar las decisiones tomadas por los actuales miembros de la JSF, cuyos nombramientos -aunque pueden seguir en sus puestos hasta ser sustituidos- vencieron oficialmente el 30 de agosto.

En momentos en que el Tribunal Supremo de Estados Unidos va a revisar la decisión del foro de apelaciones y ha convocado para el 15 de octubre a una audiencia oral del caso, diversos grupos han pedido al máximo foro judicial estadounidense que evite la tentación de resolver la controversia aplicando la teoría de los Casos Insulares y los poderes plenarios del Congreso para decidir los asuntos de sus territorios.

“Este tribunal debe rechazar la invitación a darle nueva vida a los desacreditados casos insulares”, indicaron los ex jueces en su argumentación.

Por medio de los “casos insulares”, decidido a principios del siglo pasado, el Tribunal Supremo estadounidense, entre otras cosas, estableció una distinción entre los territorios incorporados y no incorporados. Como territorio no incorporado, el Tribunal Supremo estadounidense ha mantenido que Puerto Rico pertenece, pero no es parte, de Estados Unidos.

En ese sentido, determinó que en los territorios no incorporados, que no están encaminados hacia la estadidad, no aplican todos los derechos que provee la Constitución estadounidense.

La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), la Asociación de Abogados de las Islas Vírgenes y la organización Equally American, en recursos independientes, también recomendaron al máximo foro judicial estadounidense que aproveche este caso para revocar o reconocer límites a la doctrina de los Casos Insulares. Entre otras cosas, esta doctrina otorga poderes plenarios al Congreso sobre sus territorios, permite no hacer vigente, en esas áreas insulares, todos los derechos de la Constitución estadounidense e incluye toda una teoría racista en torno a los residentes de esas jurisdicciones.

“Los Casos Insulares son una mancha en la jurisprudencia constitucional de este tribunal”, indicó la ACLU.

Otros que comparecieron con argumentos parecidos fueron los profesores de Derecho Christina Duffy Ponsa-Karus, de Columbia University; Rafael Cox Alomar, de la Universidad del Distrito de Columbia; Gary Lawson, de Boston University; y Sam Erman, de la Universidad del Sur del California.

“Los casos insulares y, en particular, el razonamiento que dio origen a la doctrina de la incorporación territorial reflejó el fervor imperial y una vacilación para admitir en la Unión, excepto como sujetos coloniales, a miembros de ‘razas extranjeras’ supuestamente ‘incivilizadas’”, indicaron los profesores.

Añadieron que la controversia del caso sobre la constitucionalidad de los nombramientos de la JSF se trata de conciliar dos cláusulas constitucionales, “una sobre el poder del Congreso para gobernar territorios que pertenecen a los Estados Unidos y el otro sobre el poder del presidente para nombrar oficiales cuya autoridad surge de los Estados Unidos”.

“Dicho de otra manera, la pregunta es si la cláusula territorial desplaza la cláusula de nombramientos cuando se trata del nombramiento de funcionarios de los Estados Unidos que van a servir en un territorio no incorporado. La respuesta a esa pregunta no depende de la doctrina de los casos insulares de incorporación territorial. Esa doctrina concierne a la cláusula de uniformidad…”, indicaron los profesores de Derecho Duffy Ponsa-Kraus, Cox Alomar, Lawson y Erman.

La Cámara de Comercio de Estados Unidos y el Instituto Cato – de tendencia libertaria- presentaron también recursos de “amigos de la corte” para cuestionar la decisión del Primer Circuito de Apelaciones de validar las decisiones tomadas por los miembros de la JSF, aún cuando los nombramientos de sus integrantes fueron declarados inconstitucionales.

“El hecho de no proporcionar ningún alivio al demandante que ha prevalecido en un caso como este, tendrá el efecto de desalentar a aquellos afectados por violaciones estructurales similares de la Constitución a presentar demandas meritorias”, indicó la Cámara de Comercio estadounidense, que no tomó posición en torno a si las designaciones a la JSF violentaron o no la cláusula constitucional de nombramientos.

Mientras, el Instituto Cato -de tendencia libertaria- consideró que el Primer Circuito resolvió correctamente que los miembros de la JSF son funcionarios federales de alto nivel que debieron de haber sido nombrados directamente por el presidente y confirmados por el Senado. Pero mantuvo que la aplicación errónea por parte del Primer Circuito de la doctrina del “funcionario de acto”, para validar las decisiones tomadas por la JSF, choca con los precedentes del Tribunal Supremo estadounidense y “socava la separación de poderes”.

De acuerdo con los precedentes, el tribunal debió “anular las decisiones emitidas por la Junta y corregir el defecto constitucional al exigir nuevos procedimientos ante una Junta debidamente designada”.

Los recursos de amigos de la corte, que responden a una invitación abierta del Tribunal Supremo estadounidense, acompañan los argumentos de las partes en el caso.

Los demandantes del caso, la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER), la firma de inversiones Aurelius y la aseguradora Assured Guaranty, han pedido, con acentos distintos, al Tribunal Supremo que confirme la inconstitucionalidad de los nombramientos, pero revoque la negativa del Primer Circuito a cancelar las decisiones tomadas por el ente fiscal.

El gobierno de Estados Unidos y la JSF -con el respaldo del gobierno de Puerto Rico-, han pedido al tribunal que revoque la declaración de inconstitucionalidad sobre los nombramientos de los miembros de la JSF, los que considera funcionarios territoriales, que no necesariamente tenían que ser designados directamente por el presidente de Estados Unidos y confirmados por el Senado.

Debido a que los gobiernos de Estados Unidos y Puerto Rico, así como la JSF, argumentan que la decisión del Primer Circuito pone en tela de juicio si el gobernador y los legisladores de la isla -por su autoridad también emanar de estatutos federales- deben ser confirmados por el Senado de Estados Unidos, funcionarios electos del Partido Popular Democrático (PPD) y los exgobernadores Aníbal Acevedo Vilá, Sila María Calderón y Alejandro García Padilla presentaron argumentos independientes de “amigos de la corte” para rechazar esa teoría.

Otro recurso de amigos de la corte fue sometido por el municipio de San Juan, con el propósito de exponer que el Primer Circuito de Apelaciones erró al utilizar la doctrina de “funcionarios de facto” para permitir que puedan seguir siendo válidas las acciones de los miembros de la JSF, pese a que determinó que fueron nombrados en violación de la cláusula constitucional de nombramientos. En su argumento, el Municipio de San Juan afirmó que la decisión del Primer Circuito ha permitido que los miembros de la JSF hagan un uso flagrante de su poder y colocaran a los 78 municipios de Puerto Rico bajo su jurisdicción.

Rafael Cox Alomar

Rafael Cox Alomar