Published in El Nuevo Día: Tribuna invitada on July 22, 2019

La salida de Ricardo Rosselló de la gobernación es inevitable. Ya sea a través de su propia renuncia o del residenciamiento, el gobernador se va a tener que ir.

Y ante tan dramático escenario, sin precedente alguno, lo que procede es comenzar a contestarnos la siguiente pregunta: ¿Y después de Rosselló qué?

¿Continuar con el más de lo mismo?

¿Seguir dándole respiración artificial a un ordenamiento constitucional caduco y obsolescente?

¿Imitar los malos ejemplos de Egipto, Libia, Yemén, Argelia, Venezuela, Brasil, Zimbabue, Haití y Perú (por solo mencionar algunos)? En donde las destituciones de Hosni Mubarak, Muamar Gadafi, Abdelazis Buteflika, Carlos Andrés Pérez, Fernando Collor de Mello, Robert Mugabe, Jean Claude Duvalier y Alberto Fujimori solo condujeron a la reincidencia; a la sustitución de una claque corrupta por otra igual o inclusive más corrupta.

Aquí tenemos que destruir de raíz el nudo gordiano de la corrupción, la mediocridad y la incompetencia a todos los niveles del orden público.

Y lo tenemos que hacer nosotros mismos, como cuestión patriótica y de orgullo propio. Esa no es tarea para los federales ni para los medios internacionales, algunos de los cuales a raíz del resbaladero inmoral e ilegal en que nos ha sumido el gobernador y sus infantiles rasputines le exigen al Congreso que nos mantenga a cabuya aún más corta.

Dicho de otra manera, se le pide hoy al Congreso que nos asfixie, como consecuencia de las torpezas del rey sin corona que hoy mora en La Fortaleza.

Así las cosas, después de Rosselló se impone la obligación impostergable de restructurar aspectos medulares de nuestro ordenamiento constitucional.

En primer lugar, es imperativo revisitar el asunto de la línea de sucesión a la gobernación y enmendar las secciones 7, 8 y 9 del artículo 4 de la Constitución. Tal y como argumentaron en la Convención Constituyente figuras como Miguel Ángel García Méndez y Luis A. Ferré (e inclusive Karl Friedrich y Pedro Muñoz Amato antes que ellos) la vacante absoluta en la gobernación únicamente la debe llenar un funcionario electo quien ya haya sido previamente seleccionado por el pueblo para tal propósito. La existencia de esa figura, de estirpe constitucional, blindaría la sucesión del manipuleo político que en estos días se está dando intensamente en cuartos oscuros.

En segundo lugar, es esencial enmendar la sección 21 del artículo 3 de la Constitución para añadir la figura del referendo revocatorio.

¿Y qué es eso? El mecanismo mediante el cual el pueblo directamente destituye al funcionario electo, sin tener que esperar por la legislatura. Ahí el ejemplo de Gray Davis, destituido de la gobernación de California por el voto directo del pueblo en 2003.

Hace 67 años atrás nuestra Convención Constituyente decidió no incluir esta herramienta en nuestra Constitución. Llegó la hora de corregir ese error.

Asimismo, el mecanismo de las iniciativas legislativas propulsadas por el pueblo, también rechazado por la Convención Constituyente del 52, amerita inclusión en nuestro ordenamiento.

No le podemos dejar el control legislativo a los mismos sátrapas de siempre. Ni tampoco el poder sobre la justicia. Urge remozar la sección 8 del artículo 5 de la Constitución, de tal manera que las nominaciones judiciales respondan a los mejores intereses del país y no a los de los roedores que pululan por La Fortaleza.

Más aún, resulta apremiante establecer límites a los términos que pueda ocupar un legislador o un alcalde. El cacicazgo (corrupto las más de las veces) percola con escandalosa frecuencia tanto en el Capitolio como en las alcaldías.

De igual forma la sección 8 del artículo 6 amerita restructuración. Este país no puede garantizar deuda ilegítima, producto del pillaje y la corrupción.

El remozamiento del aparato electoral, de salud, de educación y de desarrollo económico forma parte integral de la agenda de transformación.

Después de Rosselló es que comienza la batalla por el nuevo país.

Rafael Cox Alomar

Rafael Cox Alomar