El abc de la asamblea constituyente
El 6 de diciembre participé en una mesa redonda sobre los desafíos que hoy enfrentan los territorios no incorporados de los Estados Unidos. Al final del conversatorio surgió del público la siguiente pregunta: ¿qué es la constituyente y por qué razones debemos preferirla sobre el plebiscito?
Desde la invasión de 1898 ha transitado por nuestro imaginario político la idea de desenredar nuestro status político a través de la convocatoria a una asamblea constituyente. Ahí los planteamientos certeros y contundentes de Eugenio María de Hostos y Pedro Albizu Campos, y luego las propuestas y recomendaciones más recientes del Partido Popular, del Colegio de Abogados, del Partido Independentista, de la congresista Nydia Velázquez y del propio “task force” de Casa Blanca bajo la administración del ex presidente Barack Obama. Pero aun con toda la tinta que sobre el tema se ha derramado, es muy poco lo que el pueblo conoce acerca de la constituyente. Siguen siendo más las interrogantes que las explicaciones con respecto a su alcance, efectividad y naturaleza.
¿Y qué es la tan mentada constituyente?
Una asamblea de delegados electa por el voto directo del pueblo con el mandato jurídico y político de negociar a fondo con el Congreso las fórmulas no coloniales y no territoriales disponibles al pueblo de Puerto Rico.
¿Pero en vista de nuestra condición colonial tenemos autoridad los puertorriqueños para convocarnos a nosotros mismos y elegir una asamblea de status sin permiso del Congreso?
Yo sostengo que sí. Los puertorriqueños detentamos el poder inherente que nos asiste como una nación sociológicamente definida para echar a andar la asamblea de status. Así lo dejó entrever el presidente Eisenhower cuando en 1953 dejó meridianamente establecido en la ONU que las ramas políticas puertorriqueñas quedaban investidas de autoridad para recabar del Congreso mayor poder político. (Vea los récords de la sesión plenaria de la ONU núm. 459 de 27 de noviembre de 1953). Cabe destacar que la asamblea de status no es lo mismo que la convención constituyente a que se refiere el artículo VII (sección 2) de la Constitución del Estado Libre Asociado para enmendar el texto constitucional actual. Eso es otra cosa. De lo que se trata la asamblea de status es de un cuerpo representativo de todas las fuerzas ideológicas del país (siempre y cuando sustenten fórmulas no coloniales y no territoriales) con legitimidad democrática para negociar con Washington.
¿Y por qué la asamblea de status es superior al plebiscito?
Porque tal y como admitió la propia administración Obama en su informe de marzo de 2011 (consúltese las páginas 28-29), la asamblea abre un espacio deliberativo ininterrumpido y profundo para explorar con especificidad el alcance de cada una de las fórmulas de status y trazar con atención al detalle lo que cada una de esas fórmulas significará para el país de cara al futuro. En otras palabras, el pueblo tendrá ante sí, por primera vez, cada definición en blanco y negro para de ahí ejercer su derecho a la autodeterminación de forma inteligente e informada.
¿Debe el PNP abstenerse de participar de la asamblea de status?
De ninguna manera. El liderato del PNP no tiene nada que temer. Si en efecto la estadidad es abrumadoramente mayoritaria, tal y como ellos sugieren, entonces el PNP sin dudas elegirá una cantidad importante de los delegados a la asamblea.
¿Debe participar la sociedad civil de este proceso?
Definitivamente que sí. Las asociaciones ciudadanas, las agrupaciones políticas no inscritas como partidos e inclusive las candidaturas independientes deberán tener cabida dentro del proceso democrático que desembocará en la elección de la asamblea.
¿Y Washington reconocerá el mecanismo de la asamblea de status?
Efectivamente, tal y como quedó claro con la introducción del proyecto de la congresista Nydia Velázquez en 2007 (H.R. 1230), en las recomendaciones del “task force” de Casa Blanca de 2011 e inclusive en la carta del ex presidente Obama al ex gobernador Acevedo Vilá (12 de febrero de 20008).
¿Y qué es lo que hace falta entonces para que la asamblea de status arranque?
Voluntad política. Tamaño ingrediente.
Published in El Nuevo Día: Tribuna invitada on December 19, 2018.